Pocas empresas son tan incompetentes como Correos.
En diciembre recibí un regalo desde Gran Bretaña y me hicieron pagar el IVA de importación. Dicho impuesto lo reclamé a Aduanas y me devolvió el IVA porque cumplía los requisitos de exención (pequeños regalos en general), pero me dijeron que la parte de “gestión de Correos” tenía que reclamárselos a ellos; lo cual he hecho muchas veces a través de la web de ellos, de llamar por teléfono, de ponerles una hoja de reclamación en la oficina, y siempre me responden el mismo correo electrónico estándar donde dicen que Hacienda eliminó la exención salvo con determinados requisitos. Siempre les contesto que cumplo esos requisitos y que, por dicho motivo, Aduanas me devolvió el impuesto (les he enviado el pdf de la resolución varias veces); y aún así ni me devuelven el importe y, ni siquiera se leen la reclamación.
Así que no es de extrañar noticias como la siguiente:
Menudo robo. Eso, y lo de la compañía.
Correos se beneficia del régimen de servicio postal universal. Entre otras cosas, no paga IBI (no paga Impuesto de Bienes Inmuebles al ayuntamiento correspondiente donde tienen oficina abierta al público).
“Europa es una colonia digital de Estados Unidos, una colonia económica de China, una colonia demográfica de África y está a punto de convertirse en una colonia religiosa y cultural del Islam”.
Observe las caras de Boomer mientras habla sobre el fracaso de la UESSR.
Y los europeos adorando el pobrismo progresivo…
Tienen que prohibir internet directamente. Porque con VPN accedes a cualquier red mundial.
Que manera tan cutre de querer tapar la boca a la gente.
Nos unimos al elenco de países “privilegiados” como China, Irán o Corea del Norte.
Queda también bloqueado WhatsApp en aras a la Seguridad Nacional (Gran Hermano, 1984).
Menos tenemos Q&A
Se ha pedido una información a un Estado que resulta ser un Estado que no colabora en la persecución de delitos con España. La elección por parte de la dirección de Telegram de ser esa la jurisdicción donde establecer su sede no debe de ser casual. No ha elegido ni USA, ni UK, ni Francia… técnicamente desde el punto de vista de las telecomunicaciones, la única forma de evitar los posibles delitos sea el bloqueo de la red social por parte de los operadores de internet.
En su auto, el juez habrá ponderado todos los derechos enfrentados y esa es la única forma de forma preventiva de paralizar la reiteración delictiva.
El debate es si es el delito de suficiente entidad como para quitar un servicio de comunicaciones a la población en general.
¿Alguien se personará en la causa para recurrir la resolución judicial?
Sería interesante la opinión del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del TEDH.
Estoy seguro que es anticonstitucional. Porque para evitar que alguien piratee el fútbol, limita la libertad de expresión de mucha gente.
Es una linea roja de manual. Esto pinta muy mal.
El juez Pedraz es un tipo peculiar y hasta cierto punto polémico en torno a las decisiones que toma, algunas de ellas clave para el desarrollo de actividades, aplicación de leyes, personas investigadas etc. Que opina @Cas_portfolio .
Marlasca como juez también era peculiar. Les cuento una anécdota de Marlasca persona:
Unos hermanos, de oficio albañiles que me hicieron la obra de la cocina y terraza, junto con otros gremios, muy bien por cierto, trabajaron en una reforma en casa de Marlasca en pleno centro de Bilbao. Estos hermanos diariamente aparcaban la pequeña furgoneta en la zona y pagaban la OTA, es decir la ORA por aparcar. Era una pasta diaria. Un día Marlasca que fue a ver la evolución de la reforma les dijo, pero que hacéis, eso de la OTA es ilegal no se os ocurra pagar más. Entonces Marlasca estaba creo en la audiencia Nacional con casos de terrorismo y otras cosas muy graves, era un juez estrella. Los albañiles se dijeron, si lo dice el Juez Marlasca será verdad y dejaron de pagar la OTA y sus multas correspondientes. Meses más tarde recibieron una orden de embargo por parte, creo de la Diputación Foral, es decir, la Hacienda Vasca, debido a sus deudas con el ayuntamiento de Bilbao que superaban los 3.500 euros. Eran 3.500 euros de hace 16 años. Los albañiles se informaron y acabaron pagando religiosamente. Todo por hacer caso al superjuez Grande Marlasca.
Jajaja. Marlaska tiene razón, pero el Sistema te cruje igual…
Los jueces son personas como todos. Cada uno podemos tener nuestras rarezas o manías. Lo que tiene que hacer un juez es interpretar la ley y aplicarla. También debe tener en consideración la doctrina del Tribunal Supremo, el Tribunal constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia Europeo, además de aplicar los Tratados Internacionales válidamente celebrados por España. El juez no puede hacer lo que quiera, pero sí puede retorcer la Ley para llegar a veces a resoluciones absurdas. En estos casos, casi siempre se puede recurrir las resoluciones (por ejemplo no se pueden recurrir las sentencias civiles que no superen el fondo del asunto los 3.000 euros).
Luego, otro tema es la doctrina del TS y el TC, porqué ya sabemos quien coloca ahí a los magistrados…
Respecto a la ORA, Marlaska tiene razón si quien te pone la multa no es agente de la autoridad salvo que aporte alguna prueba (el de la ORA no es agente de la autoridad).
Lo que tenían que haber hecjo los albañiles es recurrir en tiempo y forma, no te puedes desentender del asunto y esperar a que la administración vaya en contra de sus propios actos aunque sean ilegales.
Volviendo al caso de Telegram, veo desproporcionada la medida. Además, no resultará eficaz. Seguramente la tumbarán en estancias superiores.
Y respecto a las peticionarias, ellas defienden su negocio (y el beneficio de los accionistas), por eso acuden a la justicia y por ahora, les están dando la razón.
La jurisprudencia del TEDH no permite el bloqueo indiscriminado de una red social. Si se recurre el auto del juez, lo tumbarán:
El tema es si mañana lo hacen efectivo. Luego quien resarcirá a Telegram por el negocio perdido o los clientes??
¿Todos los españoles?
No se dan los supuestos para que se pueda reclamar una indemnización por el anormal funcionamiento de la Administración de Justicia tal y como se fija en la doctrina de la Sala Especial del artículo 69 del Tribunal Supremo en su sentencia 1484/2019, y máxime ante la nula colaboración de las autoridades radicadas en un paraíso fiscal.