En las subastas por ejecución hipotecaria, el valor de tasación y el valor de subasta coincide. Este precio se establece cuando se constituye la hipoteca. Da igual como evolucione el mercado. Si tienes hipoteca, en la misma se establece el precio de subasta.
Si se trata de una ejecución de título judicial o título no judicial (distinto a ejecución hipotecaria), o subasta administrativa, se tasa el bien inmueble por un tasador y se establece el precio de subasta en ese momento (en este caso se establece a precio actual de mercado).
Es importante comparar el precio real del inmueble a su valor actual al del precio de subasta, y así calcular si podemos obtener rentabilidad o no si nos quedamos el inmueble y seguidamente lo ponemos a la venta en el mercado.
Imagina una subasta voluntaria donde dos hermanos no se ponen de acuerdo en quien se queda el piso y deciden subastarlo. Se tiene que hacer una tasación por tasador. El precio de subasta los dos hermanos pueden poner el que quieran. Ejemplo. Valor piso tasación 90.000 euros (se supone que si el tasación ha hecho bien la tasación es el precio de mercado). Los hermanos se conforman con 40.000 euros cada uno. Valor subasta 80.000 euros. Si alguien puja por al menos 80.000 euros, todos contentos.
Yo no digo que sea una buena opción invertir en inmuebles para largo tiempo Yo digo que se pueden conseguir buenas plusvalías si consigues en subasta algo por debajo de su precio de mercado y vender pronto.
De verdad me extraña bastante lo comentado en el hilo porque no se puede entregar la cantidad resultante de la subasta al ejecutante si no se ha aprobado el remate y adjudicado el bien. O miente quien ha publicado eso en Twitter, o el Letrado de la Administración de Justicia (antes Secretario judicial), no tiene ni p idea.
En el caso de error del L.A.J., se podría pedir responsabilidad patrimonial al Estado, y subsidiariamente al L.A.J. (pagaría su seguro de responsabilidad civil). Si se ha hecho de mala fe o con dolo, nos encontraríamos ante un delito de prevaricación. Pero lo dicho antes, me extrañan tantos errores seguidos.
No interesa modernizar los juzgados. No vaya a ser que la gente se ponga a litigar +.
El secretario me da que es el que corta el bacalao y el único que trabaja.
Solo le falta poner la sentencia.
Es raro si, pero me dice un amigo abogado que a veces pasa. Poca seriedad en los juzgados, que deberían llamar al que gana la subasta y regularizar el expediente. Ese es el trabajo de un funcionario público, hacer bien los expedientes, y mirar por el bien del ciudadano.
El problema de la justicia en España son varios. El primero es que los partidos políticos se intercambian cromos (magistrados del TS y TC), que luego dictarán doctrina vinculante al resto de jueces (politización de la Justicia). El segundo problema es la falta de medios y de personal (España está muy por debajo de la media en jueces). Y un detalle que no lo leeras en ningún sitio: en el resto de países la investigación penal la hace un fiscal, mientras que aquí la hace un juez de instrucción. Si en el resto de países los fiscales que investigan fueren jueces como aquí, a España la estadística le saldría que no llegaríamos ni a la suela de los zapatos de otros países.
Tengo que decir una cosa positiva. La instrucción de los delitos es mejor que la haga (como se hace ahora en España) por un juez de instrucción (que es totalmente independiente), que que lo haga un fiscal sometido jerárquicame te y recibe ordenes de un superior.