El hilo de MyInvestor

Lo que está claro es que no se puede confiar ni en el Sistema, ni en los bancos.

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Los gobiernos tienen buen negocio con las herencias. Nada como bloquear las cuentas para cobrar los impuestos que quieras. Si no, no pasa nada, lo tienes 5 año retenidos hasta que el cliente abone sucesiones y los nuevos tributos que se les vaya ocurriendo.

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El plazo para pagar el impuesto de sucesiones son 6 meses. Más que tiempo suficiente. Los bancos no pueden quedarse con el dinero de los clientes. Puede pasar que pasados (creo recordar 10 años) sin reclamar el dinero, se transfieren los fondos al Tesoro Público.

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Puedes autookupar la propiedad y pasar el mochuelo a la siguiente generación.
El IBI puede ser un pellizco.

Impuesto de sucesiones + escritura de aceptación de herencia y reparto.

Y en mi caso actual que ya tienes todo presentado y pagado ? La culpa solo de MyInvestor, en Cajamar llevé los papeles el mismo día y en menos de una semana ya nos repartieron el efectivo y a los 10 días tenía las participaciones del fondo que me tocaban.
Yo ya he cumplido pagando mis impuestos es MyInvestor quien amparándose en que por teléfono cada vez te atiende uno lo van demorando.
Si tuviesen oficinas estaría allí con las televisiones y sería todo más rápido lo tengo claro.
Quiero enterarme ( mañana pregunto a la OCU ) si hay algún plazo en el que el banco te deba abonar la herencia una vez presentado los documentos

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Correcto

Si estás vivo y eres solvente, no cuela, van a por tí, empezando el ayuntamiento con la pulsvalía.

Aquí la respuesta @Milek1 :

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No hay plazo. Pero tampoco deben producirse retrasos injustificados por parte de la entidad.

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Muchas gracias por la información, pues solo me queda seguir haciendo ruido por redes y paciencia

No creo que la administración vaya a tramitar testamento últimas voluntades …. de oficio si no mueves un papel

Te dicen que lo hagas. Sé de un caso de alguien (hijo único) que a la muerte de su madre, en principio no hizo nada. Hablo de Bilbao, de repente en la cuenta de la fallecida dejaron de cobrarse los recibos domiciliados de comunidad. luz, etc, salvo tributos como el IBI, agua y basuras(municipal)…etc que esos si los cobraban. Al de un año o poco antes, el ayuntamiento le requirió que pagara la plusvalía, antes de cumplir el año y las dos haciendas Estatal(heredaba minifundios de Galicia) y Bizkaia(donde residía) que se pondría manos a la obra para tributos y titularidades, es decir, que ejecutaría la herencia.

Dudo que puedan obligarte a pagar la plusvalía, si no hay declaración de herederos firmada

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Pon los tweets por aqui y yo les hare RT.

Tampoco tengo demasiados seguidores, pero si les pones su direccion suelen contactar enseguida.

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https://x.com/miguelb75/status/1755181384962818376?s=46

Muchas Gracias

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Hecho

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Doy fé, es un allegado mío.

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Tomo nota.
Como vender en vida y ponerlo lejos de los ladrones, no hay nada de momento.

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El plazo máximo para aceptar la herencia son 30 años de conformidad con el Código Civil. Ojo, a tener en cuenta los posibles acreedores que pueden pedir sus créditos una vez producido el fallecimiento.

El plazo para pagar los impuestos son 6 meses (sucesiones y plusvalía municipal).

Si no se hace nada en esos 6 meses, se abre la vía ejecutiva para cobrar los impuestos (recargos + intereses), que conlleva embargos y muchos más gastos.

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