Declaración de IRPF 2021. Trucos para deducir impuestos

¿Cómo lleváis la declaración de los dividendos extranjeros?

¿Y las plusvalías y minusvalías?

Yo no he empezado a hacerla, pero eso de declarar algo que me pertenece por el esfuerzo propio ganado honradamente, no me gustará nunca.

En cualquier caso, abro este hilo para que podamos ayudarnos y compartir información.

Saludos

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En realidad, si es dividendo USA, ya has pagado el 15%, por lo que solo queda un 4% por abonar a Hacienda (19-15=4%).

Sobre las plusvalías, pues lo mejor es no vender para no pagar.

Personalmente, cada día estoy más convencido de sobreponderar empresas como BRK, que no pagan dividendos, y por tanto, impuestos…

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Por cierto, el año pasado cometí un error de manual.

Vendí parte de un fondo para comprar un coche, al contrario que con las acciones y sus plusvalías, en el caso del Fondo, el Banco ya te retiene por anticipado el dinero para entregárselo a Hacienda. 600€ que me tendrán que devolver en la Declaración, pero que ya pagué en Julio de 2021!! Y no los cobraré hasta 2023!!!

Larga vida a BRK!!!

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Y no olvideis que las minusvalías se compensan con las retenciones por dividendos.

Fundamental para conseguir devoluciones.

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El título del hilo debe ser IRPF 2021

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Cierto, Emilio, pero lo puedes compensar hasta un límite del 25% de los dividendos, el otro 75% no los puedes compensar (salvo con minusvalías de venta de bonos)

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Hola, Gracias por abrir hilo. Yo ya me he puesto con el IRPF este finde, y ya lo tengo casi todo hecho. Los dividendos extranjeros o nacionales, sin mucho problema, el excel que uso me lo da todo resumido, y es solo meter el importe integro, y el importe de las dobles imposiciones hasta el 15%.

Ahora estaba con las deducciones autonómicas (en mi caso CAM-Madrid)

Con las deducciones autonómicas (CAM-Madrid) tengo una duda…

Realicé una inversión en la empresa SNGULAR que cotizan en el BME Growth (osado de mi), compradas en diciembre de 2021, nada más salir a bolsa a cotizar (en la OPV que organizaba Renta4 no puede unirme pues cuando me enteré ya que se había cerrado la subscripción anticipadamente por sobredemanda).

Ahora he visto que como declarante de la comunidad de Madrid, existe una deducción del 20% en empresas del BME growth que tengan sede fiscal en Madrid, tal y como se explica en estos enlaces:

https://www.bmegrowth.es/esp/BME-Growth/Incentivos-Inversores.aspx

En principio, parece quizás no podría aplicarme la deducción, pero no estoy seguro, pues yo las compré en el mercado secundario (en bolsa), y no en el mercado primario (OPV).

No se si sabéis algo, ante una situación similar. Gracias

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Las plusvalías de fondos sabes si se pueden compensar con el IRPF??

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Yo ante la duda lo pondría y adjuntaría la documentación. De esta manera, es el Fisco el que tiene que resolver la cuestión…

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Sí, las plusvalías de fondos las puedes compensar en su totalidad al 100% con minusvalías de otros fondos o de acciones, u opciones, etc…

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Es que de ponerlo a no ponerlo, hay mucha diferencia, es tentador, es un 20% de lo invertido que te lo devuelven… como comprar con un 20% de descuento

La pega es que habla solo de “ampliación de capital o de oferta pública de valores”, pero no de comprarlas en la bolsa:

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A ver, yo invertí en una Start-Up, y al hacerlo a través de un intermediario, me dijeron bien claro que no había derecho a deducción.

No podemos ganar siempre…

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Pues mira, no sabía esto.

Me podré compensar aprox. 100 eurillos de minusvalía del indexado al IBEX 35 que saqué en Enero, para destinarlo a un tema personal.

Un timing impresionante el mio, tras 7 años enriqueciendo al banco con las comisiones del fondo, y pierdo 100 € + el coste de oportunidad.

Para que veáis foreros, que aquí todos la liamos en mayor o menor medida. Pero estamos en un buen lugar para aportar e intentar aprender.

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No puedes

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Cierto, confirmado que no puedo

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Tenemos que consolarnos pensando que el dinero va destinado a Carreteras, Colegios y Hospitales, que por otro lado, todos sabemos que no paran de construir…

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Enmarañado con la declaración. Después de la paralela de hace un mes, temblores.

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Ésto en las haciendas forales desgraciadamente no aplica.
Por otro lado tenemos el consuelo menor de mantener la exención de los 1500€ primeros en dividendos

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