Sobre las posibilidades de crear un Fondo de inversión, a parte de que la regulación en España es tremendamente restrictiva, y el negocio está en manos de grandes gestoras, tiene muchas limitaciones.
Ya hemos comentado, no obstante, que no se podría hacer un Berkshire Hathaway a la española, porque la legislación te obliga a tributar por las plusvalías y los dividendos, y eso se comería gran parte de la rentabilidad.
Hay una opción que le estoy dando vueltas y sería 100% legal. Sería constituirla en Chipre, donde las rentas del capital en el exterior tributan al 0%, y tan solo habría que pagar los gastos de la gestoría y contabilidad. El Gerente, con un salario mínimo de 1€ al año, o lo mínimo que marque la Ley, debería conformarse.
Al ser una SL, no habría en principio más límites a la inversión, que los que se establezcan entre los socios, que podrían ser estar invertidos entre el 80 y el 120% por ejemplo siempre, dependiendo de si la bolsa esta en máximos, o en una época recesiva.
Al rescatar las acciones, habría que tributar en el país que se resida por dividendos. En el caso de España, entre el 19% y el 27% actualmente.
Por lo que veo aquí todos estamos bastante alineados en cuanto al mundo financiero se refiere. @emgocor ¿Y un ETF de gestión activa? Tal vez en Irlanda o Países Bajos.
Pasa información. Si tengo que elegir, seguro que mi mujer prefiere Miami, pero no me desagrada una empresa en Dubai. Eso si, el Banco mejor que sea yankee.
Una sociedad offshore creada en Dubái no paga impuestos ni tasas sobre los beneficios ni sobre los dividendos ni las plusvalías obtenidas. Debe simplemente abonar una tasa fija anual de unos cientos de euros.
Así mismo, las sociedades offshore no están obligadas a mantener ni a presentar su contabilidad.
Los accionistas que crean una sociedad offshore son anónimos y su identidad no se inscribe en el Registro local.
Dubái aplica el secreto bancario.
HSBC? porque a La Caixa la descartamos ya de entrada
Librestado te cobra 5K por establecer la empresa pero si lo haces por tu cuenta tengo entendido que son como 3K, luego cada año creo que hay que pagar como 2K
Entiendo que lo que buscas es NO notificar a la hacienda española que has creado esa sociedad y crear esa estructura de forma ilegal, no?
Lo digo porque si eres residente fiscal español, como que la dirección efectiva de esa sociedad estará en España (o sea, tu), como te pillen te van a fundir.
Si residente fiscal español, tendrás que declarar tus participaciones, pero la sociedad tendrá más socios y no todos tienen que ser españoles y aunque lo sean…
Sin estar con mucho conocimiento y/o de acuerdo, creo que si llegas a cierto patrimonio y pretendes diversificar más allá de nuestras fronteras, no elegiría una dictadura de Teocrática, China, etc, sino una SICAV Luxemburguesa, es decir, participar de ella, que es bien sencillo y la comisión que pagarás es alrededor de un 2% creo, como un fondo de autor al uso. Puede ser más cara, pero la tranquilidad tienen un precio.
En Chipre, por ejemplo, eres accionista, pero no constas como dueño de la Sociedad o propietario. Entonces, si es anónima, no veo que hay que notificar, salvo las plusvalías o el patrimonio, cuando lo haya.
La SICAV luxemburguesa ya lo miramos cuando estábamos en Esfera. En España unos 12.500€ al año mínimo de Gastos. Allí eran como 70.000€ de gasto anuales…
Ahora estamos hablando de gastos de 1500-2000 USD.
Claro, aquí depende de muchas cosas. Yo por ejemplo pensaba en una sociedad, donde los socios son tu mujer, tus hijos, tu, … Y todos residentes fiscales en España.
Eso automáticamente quiere decir que vosotros declaráis los dividendos o sueldos que os de la sociedad en la Renta, y la sociedad declara sus ganancias en España, esté en Chipre o donde queráis, porque los socios residen en España y por lo tanto la dirección toma las decisiones desde España.
Ahora, si ya creas una sociedad con unos cuantos dubaities que consten como los socios mayoritarios y tu y tu familia no tomáis decisiones directivas, ya sería otra historia, pero no creo que sea el tipo de sociedad de la que se está hablando por aquí. Creo.
¿Y el objetivo de eso es esconder las ganancias a Hacienda? Porque si no es así, como decía arriba tu tienes que declarar en la Renta y la sociedad el Impuesto de Sociedades correspondiente. Ambos seguiréis pagando en España mientras seas residente fiscal español. No hay otra.
El Objetivo es mantener la libertad y privacidad, y en caso de un expolio futuro o impuestos sobre “plusvalías no realizadas”, que sea cada uno el que decida.
Yo veo que los fondos cada vez se van a parecer más a los planes de pensiones. Que intentas rescatarlos, y no hay manera. Y te aplican la retención antes siquiera de haber cobrado.