Cómo estructurar una cartera de fondos de inversión

Imagina que un Francés viene a España con una Visa N26, ¿qué le van a embargar?

Pues nada.

La jurisprudéncia establece que los PP no se pueden embargar hasta que son rescatados. Simple y sencillo.

Lo que sería interesante de averiguar si se pueden rescatar desde cuenta asociada extranjera…

Buena pregunta. En principio sí debería estar permitido traspasar dentro de la Unión Europea porque hay libertad de circulación de bienes, servicios y capitales sin restricciones.

Esas transferencias entre España y Fuera es precisamente lo que se limita, tanto si hay orden de embargo, como restricción de capitales (corralito).

Realmente miedo “ninguno” esperemos que no lleguemos a ningún corralito o algo parecido.
Aunque no confío mucho en este sistema de país que tenemos,
Simplemente era curiosidad y aprender a saber proceder si se diera el caso.
Ya que estoy mirando unos etfs y he visto que la mayoría están domiciliados en Irlanda cuando el mismo etf pero en fondo está en Luxemburgo.

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Qué es poco probable no quiere decir que no vaya a suceder. Mejor estar preparados.

Ya hemos visto corralitos en Banco Madrid o Esfera Capital, con las preferentes de la CAM, o las acciones del Banco Popular, que pasó en 24h de estar en la Champions League de la Economía a valer 0€.

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Aunque el ETF sea de Irlanda o Luxemburgo, si la comercializadora es española, no te libras.

No, improbable.

Siempre hay que estar preparados
Entonces la solución más factible? Un etf en un broker extranjero

Ok. Perfecto

Exacto, los Corralitos se hacen no se anuncian

Porque si no todo el mundo sacaría su dinero y los ladrones encontrarían un cero que robar

O sea, hay que venir previamente preparados de casa

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Veo mucho más complejo, poner corral a un fondo de inversión que a una cuenta.

Normalmente el Corralito es para cuentas corrientes y depósitos a plazo fijo

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Siempre queda “expropiese” como alternativa populista.

Ya sabemos que hay libre, circulación de personas, bienes, servicios y capitales en la Unión Europea.

Pero los lumbreras que tenemos en el Estado pueden perfectamente poner un control de capitales TEMPORAL.

Lo tuvimos como experimento con el pasaporte del COVID que cada uno pretendía aplicar su criterio.

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